La asociación "Kenya Aids Waisen Hilfe eV" lleva más de 15 años apoyando a los niños en Kenia.
Organizamos patrocinios y apoyamos proyectos en Nairobi y sus alrededores.
contacto
Asociación de Ayuda a los Huérfanos del SIDA de Kenia
Calle Hölderlin 97
50858 Colonia
Teléfono: 49 (0)157-76226206
Fax: 49 (0)2234 - 689474
Correo electrónico:
info@kenya-aids-waisen.de
Facebook: https://www.facebook.com/kenyaaidswaisen
Cuenta de donaciones
Asociación de Ayuda a los Huérfanos del SIDA de Kenia
Caja de ahorros del distrito de Colonia
IBAN: DE 7037 0502 9900 0029 8883
Código de identificación fiscal: COKSDE33XXX
Palabra clave: para familias
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Estatutos
§ 1 Nombre, domicilio social y ejercicio social
La asociación lleva el nombre de "Kenya Aids Orphans Aid eV" - Educación para niños en Kenia.
Tiene su sede en Colonia y está inscrita en el registro de asociaciones del Tribunal de Distrito de Colonia.
El ejercicio económico de la asociación es el año calendario.
§ 2 Objeto de la Asociación
La asociación persigue exclusivamente y directamente fines benéficos en el sentido del apartado «Fines fiscales privilegiados» del Código Fiscal alemán.
El objetivo de la asociación es promover el bienestar juvenil y la cooperación para el desarrollo mediante proyectos escolares para niños de la calle, huérfanos a causa del SIDA y familias numerosas en situación de pobreza en Kenia. Este objetivo se logra, en particular, mediante el suministro de alimentos, ropa, material escolar y didáctico, la provisión de locales para las clases, la organización del profesorado, la creación de alojamiento y la garantía de atención médica básica.
La financiación de los fines estatutarios se realiza a través de las cuotas de los socios, la recaudación de donaciones y fondos públicos.
§ 3 Altruismo y utilización de fondos
La asociación opera sin fines de lucro; no persigue principalmente sus propios intereses económicos. Los fondos de la asociación solo pueden utilizarse para los fines estipulados en los estatutos. Los miembros, en su calidad de tales, no reciben ningún pago de los fondos de la asociación. Nadie podrá ser favorecido con gastos ajenos al objeto de la asociación ni con remuneraciones desproporcionadamente altas. Todos los miembros de los órganos de gobierno de la asociación son voluntarios.
§ 4 Membresía
La asociación está formada por miembros ordinarios y socios colaboradores.
Solo las personas físicas mayores de edad que deseen apoyar activamente los objetivos y principios de la asociación podrán ser miembros de pleno derecho. La admisión a la asociación se concede mediante solicitud escrita y aprobación de la junta directiva. La membresía comienza el primer día del mes siguiente al mes en que se tomó la decisión de la junta directiva.
Los socios colaboradores pueden ser personas físicas o jurídicas que apoyan principalmente el propósito de la asociación mediante el pago de una contribución anual. La membresía se otorga mediante solicitud escrita y se hace efectiva tras la confirmación por escrito de la asociación. La junta directiva puede rechazar a los socios colaboradores y dar de baja a las membresías existentes.
Los miembros presentes tendrán derecho a un voto.
Los padrinos son personas que desean apoyar a un niño específico mediante donaciones regulares. Por lo tanto, no son automáticamente miembros de la asociación, pero pueden serlo simultáneamente. Tienen derecho a participar en la asamblea general.
La asamblea general ordinaria decide el importe y la fecha de vencimiento de las cuotas de socio. Las resoluciones de la asamblea general se recogen en acta.
La membresía ordinaria termina
con la muerte del miembro
por retiro voluntario
por exclusión del club
La renuncia voluntaria se efectúa mediante declaración escrita dirigida a un miembro de la junta directiva. Solo se permite al final del año natural, con un preaviso de tres meses.
Un miembro puede ser expulsado de la asociación por decisión unánime de la junta directiva si ha violado gravemente los intereses de la asociación.
La junta general debe ser informada de la expulsión de un socio. Lo anterior también aplica de forma análoga a los socios colaboradores.
§ 5 Órganos de la Asociación



